YAK-42: LA RECUPERACIÓN DE LAS VÍCTIMAS
GRANDE-MARLASKA Y GÓMEZ BERMÚDEZ ERAN CONSCIENTES
Tanto F. Grande-Marlaska, instructor del caso, como J. Gómez Bermúdez, ponente en el juicio, conocían, porque estaban incluidas en el sumario, el contenido de las Actas de entrega y de los Informes del INTCF, y sabían, por lo tanto, que «faltaba un perfil genético, es decir, una víctima, y que había diez restos que no se sabe dónde fueron a parar», y no se indagó, ni durante la instrucción, ni en el juicio; al contrario, estos jueces se esforzaron por ocultarlo.
La falta del perfil genético, que puede ser de una víctima española o ucraniana, convierte legalmente al fallecido en desaparecido, con todo lo que ello implica.
GRANDE- MARLASKA, INSTRUCTOR
En el Acta se deja claro que los restos desparejados se introdujeron en una bolsa, la nº 76 («… a esa bolsa la dimos el número 76», «… los restos unidos en la última bolsa número 76»), y que tras la unión de las bolsas 42 y 37 quedaron 74 cadáveres («…62 cadáveres son de nacionalidad española y 11 cadáveres de nacionalidad ucraniana, no hemos podido identificar la nacionalidad del cadáver número 36*…»).
* Después se concluyó que el cadáver nº 36 era el del copiloto (supuestamente en la cabina de pilotos) que viajaba en la zona de pasajeros.
En el informe del INTCF se habla de 74 perfiles y de 85 muestras.
Grande-Marlaska no indagó ni por la víctima, ni por los diez restos que faltaban, lo tapó.

JAVIER GÓMEZ BERMÚDEZ, PONENTE DEL JUICIO
Gómez Bermúdez en la sentencia, en Los Fundamentos de Derecho, punto 3.1, se atrevió a hacer una mentirosa explicación del número de bolsas y cadáveres, que ya comenté en su día, y que supone una inadmisible coartada del juez español a los forenses y autoridades turcas que permitieron la salida de Turquía de unos cuerpos sin documentación, y a las autoridades judiciales españolas que permitieron la inhumación de las víctimas con la misma documentación que traían, ¡ninguna!.


CONCLUSIONES
- Tras el accidente aéreo las autoridades turcas asignaron a los generales españoles 62 cadáveres, 32 identificados por métodos secundarios poco fiables, y 30 que no pudieron ser identificados visualmente, pero con el “convencimiento” de que los 62 tenían nacionalidad española.
- A los representantes del gobierno ucraniano les asignaron los restantes cuerpos, que salieron de Trabzon pocas horas después, pero, al igual que las víctimas españolas, sin identificación fiable como lo demuestra la existencia de un acta firmada por los ucranianos con fiscales y forenses turcos.
- En el monte Pilav aparecieron diez restos independientes que eran partes de cadáveres cuya identidad se desconocía y podrían pertenecer a cualquiera de las 75 víctimas, españolas o ucranianas. Nueve se introdujeron en una única bolsa, la n.º 76. El décimo resto apareció después de la repatriación de las víctimas, y de él se obtuvo la muestra n.º 85.
- De los diez restos se obtuvieron las muestras 76 a 85, y de las 85 muestras se obtuvo su perfil genético, con lo que se puede asociar cuerpo principal con partes separadas de ellos, ejemplo: cuerpo de la bolsa nº 23 con mismo perfil genético que restos nº 78 y 82; cuerpo de la bolsa 36 con mismo perfil genético que resto nº 80…
- La justicia española tuvo y tiene la obligación, tras la lectura de las actas de entrega y los informes de los análisis y cotejos con algunos de los familiares de víctimas españolas, de investigar la identidad de todos los restos, de localizarlos y proceder a su devolución a las familias que correspondan, sean españolas o ucranianas.
- Esa obligación no fue asumida por el instructor del caso, el juez de la Audiencia Nacional Fernando Grande Marlaska.
- Se advierten dos problemas a la hora de llevar a cabo esos cometidos, uno, el biólogo Antonio Alonso, entonces jefe del Servicio de Biología del INTCF de Madrid, hace referencia a 74 perfiles de ADN en vez de 75, y dos, no consta en el acta de entrega de los cuerpos de las víctimas repatriadas a España el destino de los nueve restos introducidos en la bolsa nº 76.
- Los perfiles obtenidos de las muestras 1 a 75, que proceden de las bolsas con cuerpos “enteros”, deben ser diferentes, y si uno se repite querrá decir que ahí se encuentra el perfil desaparecido. Exhumando ambos cuerpos se podrá obtener el nuevo perfil y reordenar los restos.
- Del resto n.º 10, al que hice referencia en mi anterior entrada, se obtuvo la muestra n.º 85 y su perfil genético consta en los estudios de ADN llevados a cabo por Fátima Mukaddes en el Instituto Anatómico Forense de Estambul, y en la corroboración que de su trabajo hizo el equipo de Antonio Alonso en el INTCF de Madrid.
- Ninguno de los restos de la bolsa nº 76 vino a España; pudo ser porque los turcos se los adjudicaran a Ucrania en su totalidad, porque fueran inhumados en Turquía o porque los forenses turcos los repartieran entre las bolsas, al azar o haciendo un “reparto proporcional”.

- Si la bolsa 76, con los nueve restos, fue asignada a una familia ucraniana como si del cuerpo de una víctima se tratara, porque no se hubieran desdoblado las bolsas 37 y 42, su exhumación permitiría el reparto de los mismos entre las familias por conocerse ya sus perfiles de ADN.
- Si esos restos fueron enterrados en Turquía, como se hizo con el encontrado con posterioridad, el décimo resto, las autoridades de ese país tendrían que tener constancia de dónde lo fueron.
- Si los forenses turcos hicieron el «reparto proporcional«, pero hicieron apunte de dónde introdujeron los fragmentos, bastará con hacer los levantamientos en los sitios indicados.
- Si los forenses turcos repartieron al azar los restos de la bolsa 76 entre las otras 75 bolsas, y no dejaron constancia de cómo lo hicieron, obligaría a exhumar los cuerpos de las restantes víctimas hasta localizarlos, con la dificultad añadida de que parte de los cuerpos fueron incinerados.
BUSCAR LA VÍCTIMA Y RECUPERAR LOS RESTOS
La documentación a recopilar puede ser:
- Protocolo de revisión de cadáver, autopsia e informe de diagnosis («Actas de autopsias, española y ucraniana») disponibles en el Instituto Forense de Estambul (Adli Tip Kurumu), en la fiscalía de Maçka, y la española, traducida, en la propia Audiencia Nacional.
- Listado de familiares españoles sometidos a cotejo de ADN en el Instituto Forense de Estambul en cada una de las dos tandas llevadas a cabo. Resultados individuales de los cotejos.
- Trámites seguidos por Defensa y el INTCF de Madrid con los resultados de los cotejos de ADN realizados en Turquía.
- Informe y resultados de los trabajos del INTCF.
- Información transmitida desde Defensa a los familiares, en relación a los resultados procedentes del INTCF de Madrid.
- Resultados de los cotejos de ADN de los restos de la bolsa nº 76. Destino que se dio a esos restos.
- Destino de los restos que con distinto perfil genético fueron encontrados en las exhumaciones realizadas en España, ejemplo en el cadáver nº
- Solicitudes a la Delegación de Sanidad de la Comunidad de Madrid de traslado de los cadáveres, y apuntes en el Libro de Registro de Servicios Funerarios..
- Licencias de enterramiento o incineración de las víctimas españolas.
- Copia de los documentos de enterramiento e incineración de las víctimas.



