EL DEL SUPREMO, EL DE CÁRITAS Y EL CATEDRÁTICO

Un magistrado del Tribunal Supremo; sí, sí, del Supremo, del Supremo; el presidente de Cáritas, y un catedrático de medicina , ex Inspector General de Sanidad Militar y afortunado empresario en la clandestinidad, fueron los muñidores de la operación que posibilitó la entrada en España de las víctimas del accidente aéreo sin pasar ningún control, y después, de su traslado y enterramiento, todos irregulares.

Vieron, sin inmutarse, como se condenaba a tres médicos militares por elaborar unos certificados e informes que ellos les habían solicitado para un juez militar que no tenía ninguna competencia en el caso, y que ellos habían impuesto.

Su labor fue alabada por los familiares de las víctimas, y premiada por el ministro Trillo, y por su sucesor, el socialista José Bono, con ascensos, medallas y puertas giratorias.

DENUNCIA DE ACODAP EN EL CGPJ

Como ya comenté en otra entrada (YAK-42: DENUNCIA EN EL CGPJ), ACODAP presentó denuncia ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por la actuación del ministro Federico Trillo y del entonces titular del Juzgado Militar Territorial nº 32 de Zaragoza, en relación con los trámites de entrada en España de los cadáveres del accidente aéreo del YAK 42.

La denuncia llegó a la jefa del Servicio de Inspección judicial del CGPJ, Amparo Camazón Linacero, quien emitió un informe en el que percibía un presunto delito de falsedad en documento público, en relación a las licencias de enterramiento e incineración de las víctimas del accidente elaboradas por un juez que no era el competente, junto con un delito de prevaricación y tráfico de influencias en la actuación del ministro Trillo.

En su informe, la Inspectora judicial avisaba de que, como requisito previo, habría que comprobar la veracidad de la noticia publicada por el periodista Miguel González en El País, que constituyó la base de la denuncia de ACODAP.

En aquella entrada le dí a la magistrada información detallada y sobrada de aquella noticia.

En la noticia, Miguel Gónzález aseguraba que El País tenía un informe del Ministerio de Defensa según el cual la Asesoría Jurídica de Defensa, ante la petición de que estuviera presente un juez en la base aérea de Torrejón para tramitar la entrada de las víctimas del accidente aéreo, hecha por el general Beltrán, contactó con el juez de guardia de Torrejón de Ardoz, pero éste se negó, alegando que no tenía competencia sobre el caso, intentándolo más tarde con el juez del turno siguiente que se negó también. En otras palabras, los dos jueces hicieron dejación de funciones y eso, magistrada, lo sabe mejor que yo, está contemplado en el artículo cuatrocientos y pico del Código Penal, ¿o no?

Escribía el periodista: “finalmente, Trillo echó mano de la justicia militar. Fue el titular del Juzgado Togado Militar número 32 quien, desde Barcelona, y sin más apoyo que los falsos certificados de defunción de Navarro, dictó las licencias de enterramiento o incineración. Y evitó el escándalo”. La lectura deja claro que el periodista González achaca una responsabilidad directa y personal al ministro Trillo, pues fue él quien “echó mano de la justicia militar”.

JOSÉ BONO Y SU “LEGADO DIGITAL”

En eso estábamos cuando llegó José Bono con su “legado digital” para dejarnos un documento clarificador, la “Nota de la reunión que tuvo lugar en el Ministerio de Defensa la tarde del 29 de junio de 2004”, redactada por el general Manuel Bretón, Director del Gabinete Técnico del Ministro.

En la reunión, montada como trampa para sonsacar a uno de los patólogos desplazados a Trabzon tras el accidente aéreo, se juntaron, el ministro Bono, el Secretario de Defensa, directores del Gabinete del ministro y de su Gabinete Técnico, jurídicos de la Asesoría, asesores “especializados en temas de Defensa” traídos por el político socialista de su paso por Castilla-La Mancha, como era el caso de Cristobal Rozalén, padre de la cantante, y de su director de comunicación y amigo, “Chunda”, …, así hasta 15 personas.

NOTA DE LA REUNIÓN DEL 29 DE JUNIO DE 2004

La nota de la reunión va firmada por el general Manuel Bretón; vale, pero, ¿quién era ese general?; pues este general era el que acompañó a Trabzon al ministro Trillo el día del accidente aéreo, y una vez allí, junto con el embajador español en Ankara, Manuel de la Cámara, se entrevistaron con el ministro turco de Defensa, Vecdi Gönül, y los forenses y fiscales turcos. Regresaron los dos al día siguiente y participaron en el Consejo de Dirección de Defensa, en el que se prepararon los funerales y se fijaron fecha y horarios.

Izqda. General Bretón en el monte Pilav al lado del ministro Trillo. Dcha. Ministro Trillo conversando con el general médico Vicente Navarro y, siempre pegado a su ministro, vemos la camisa remangada y la hombrera del general Bretón. Marcado en verde, de espaldas, el ministro turco Vecdi Gönül dirigiéndose a forenses y fiscales turcos.

En el Consejo de Dirección en el que se fijaron fecha y horarios de los funerales, el general Bretón actuó de Secretario. El general Juliani, si bien no figuraba entre los reunidos, según recordó el general Alejandre en el juicio contra los médicos militares, cuesta creer que no estuviera presente.

BRETÓN SABÍA QUE NUNCA HUBO SALVOCONDUCTOS MORTUORIOS

Bretón fue quien dirigió desde Madrid la repatriación de las víctimas, y sabía perfectamente que los cuerpos venían sin documentación alguna, que no se habían inscrito las defunciones, ni en el Registro Civil de Maçka, ni en el Registro Civil Consular, y que se introdujeron los cadáveres en los tres Hércules del Ejército del Aire, totalmente indocumentados.

Bretón, en esta nota de la reunión escribe, refiriéndose a los jurídicos presentes en la reunión, el coronel Fortún y la capitán Martínez Conde, que “ignoran” quién firmó el salvoconducto mortuorio.

Vamos a ver, que el organizador de la repatriación de las víctimas está diciendo, ni más, ni menos, que “los jurídicos ignoran” quién firmó los salvoconductos mortuorios; pero, ¿de qué salvoconductos mortuorios está hablando este señor?, no hubo salvoconductos mortuorios para ninguna de las víctimas, para ninguna, y él lo sabía, porque él fue el primero en enterarse.

LOS SALVOCONDUCTOS MORTUORIOS

En Turquía, la actuación sucesiva de forenses turcos, fiscalía turca, Registro Civil turco, cónsul español, autoridad sanitaria encargada de firmar el salvoconducto mortuorio, comandante de la aeronave y la Sanidad Exterior turca, representaban puntos de chequeo seguidos, y nada podría hacer el siguiente si el precedente no cumplió con su labor o lo hizo de mala manera. Cualquiera de ellos frena el avance de los féretros y obliga a rehacer los trámites desde donde hubieran quedado alterados.

En el caso Yak-42 se saltaron todos esas barreras, no hubo ningún control por parte de las autoridades turcas, y por supuesto, no hubo salvoconductos mortuorios.

ACUERDO DE ESTRASBURGO

El salvoconducto mortuorio es el único documento exigible entre países firmantes del acuerdo de Estrasburgo sobre traslado internacional de restos mortuorios; acuerdo que España y Turquía tenían firmado. Esa acreditación la emite la autoridad sanitaria competente del país de salida, que en Turquía es el médico de la alcaldía local, y en caso de ausencia de éste, el médico de la Prefectura (en ciertas provincias, la responsabilidad incumbe a los médicos de los centros de salud pública en que se hubiera hecho la declaración de fallecimiento, pero en el caso del accidente aéreo ya he dicho que las defunciones no fueron registradas).

La autoridad sanitaria firmante de los salvoconductos se cerciora previamente de que se han cumplido los requisitos médicos, sanitarios, administrativos y legales para el traslado de cadáveres, de que el cadáver ha sido colocado en un féretro con las características definidas en el Acuerdo y de que el féretro no contiene más que el cadáver de la persona mencionada en el salvoconducto.

Como no se cumplían esos requisitos, ni siquiera se llegaron a solicitar los salvoconductos; por lo tanto, que no venga este general haciéndose “el orejas” porque lo sabía mejor que los jurídicos de la reunión, más aún, era él “el que lo sabía”.

Modelo de salvoconducto mortuorio. No hubo salvoconducto mortuorio para ninguna de las víctimas.

JULIANI Y BRETÓN LO LIARON TODO

A Beltrán y Navarro se les pidió que trajeran las víctimas a tiempo para los funerales, y así lo hicieron. Los turcos les entregaron los cadáveres sin terminar la identificación, previa firma de unas actas en las que los generales españoles se comprometían a que en España sería completada, se entiende que por la autoridad competente para ello.

El general Beltrán y el comandante jurídico Alberto Ruiz de los Paños informaron de todo a Juliani y a Bretón, y la obligación de éstos era ponerlo en conocimiento de Sanidad Exterior o, directamente, del Juzgado de Instrucción de Torrejón del que dependiera el Registro Civil, para que el forense de ese juzgado llevara a cabo las identificaciones, y una vez conseguidas las identidades, y regularizada la documentación, el funcionario del Registro Civil elaborase los certificados de defunción y las licencias de enterramiento o incineración. La cosa era sencilla, pero estos dos generales tenían interés en unos enterramientos rápidos y en esquivar los controles en España, y lo liaron todo de una manera grotesca para conseguirlo.

En varias de mis entradas he explicado como Juliani y Bretón se repartieron las funciones para conseguir los dos documentos que resultaban imprescindibles para enterrar a las víctimas: los certificados de defunción del Registro Civil, de los que se encargaría Bretón, y las licencias de enterramiento o incineración, de las que se encargaría Juliani.

Como las víctimas no tenían autorización de entrada en España, los dos documentos imprescindibles, y legalmente exigibles, para las inhumaciones no los podrían obtener del Registro Civil de Torrejón, por lo que resolvieron generar una “documentación paralela” que engañara a la Administración.

BRETÓN, LOS CERTIFICADOS DE DEFUNCIÓN DEL REGISTRO CIVIL

Los certificados de defunción del Registro Civil de Torrejón serían suplidos por los certificados del Registro Civil Consular, que podrían conseguir del consulado en Estambul, para lo cual el general Bretón puso en contacto al gerente de la EMSFMSA (Empresa Mixta de Servicios Funerarios de Madrid S.A.) con el cónsul, Raimundo Ezquerra. La EMSFMSA fue la empresa a través de la cual Defensa contrató los servicios funerarios.

La maniobra consistiría en sustituir los certificados del Registro Civil de Torrejón por los del Registro Civil Consular.

En un fax remitido por la empresa EMSFMSA al cónsul en Estambul se dice: «A la atención del Sr. Canciller: Según conversación telefónica, solicito notificación vía fax de la inscripción en ese Registro Civil de la defunción de los militares españoles fallecidos en accidente aéreo el 26/5/03 en Trabzon (Turquía), para remitírselo a modo de licencia de enterramiento a los distintos Ayuntamientos donde se han realizado las inhumaciones. Sería suficiente la certificación en un mismo documento en el que se relacionen todos los nombres de los fallecidos españoles». A esa petición contestaron desde el consulado enviando una simple relación de los 62 fallecidos, con su n.º D.N.I. y la Unidad a la que pertenecían, basada en el listado recibido de la agregaduría militar en Ankara.

El cónsul reculó en la inscripción de las muertes tras realizar la primera el día 29 (el apunte del Tte. Coronel Solar) con las víctimas ya enterradas en España; pero, al día siguiente, día 30, no le debió quedar más remedio que completar el resto de las inscripciones, porque desde Defensa le pidieron copias de las mismas, para que el general José Antonio Beltrán pudiera completar su informe. Las inscripciones las realizó por tanto el cónsul el día 30, y las hizo «de oficio», basándose en la información recibida del EMACON; nunca a partir de datos de los certificados médicos de Navarro.

Todos los certificados del Registro Civil Consular fueron hechos “de oficio”, presentan como causa de la muerte, “accidente aéreo”, y como hora de la muerte, las 04:45.

Al final, el cónsul envió los certificados, pero con erratas en fechas, localidad de nacimiento…), de manera que el general Bretón estuvo durante varios días solicitando al Consulado su corrección, ya que que estaban generando inconvenientes a los familiares de las víctimas por asuntos de seguros y pensiones.

Bretón, solicita corrección de los errores detectados en los certificados enviados.

El listado de errores y alguna corrección al margen, al final de la entrada.

LA PACHORRA DEL GENERAL BRETÓN

El general Bretón, después de todo el ajetreo habido, y de las diligencias mantenidas personalmente con el consulado, tiene el cuajo de decir que los jurídicos presentes en la reunión “se limitan a decir” que días después del entierro se recibieron los certificados de defunción del Registro Civil Consular. Coño, pero si fue él quien los solicitó y trató en persona con el funcionario del consulado, Álvaro Cochon, los detalles y correcciones.

JULIANI, LAS LICENCIAS DE INHUMACIÓN

En la nota de la reunión, Bretón deja claro que el general auditor Javier Juliani Hernán fue quien habló con el Juez de Instrucción de Torrejón para que expidiese las órdenes de enterramiento, a lo que éste se negó. En El País, Miguel González dice que fueron dos jueces, uno saliente de guardia y otro entrante, los que se negaron a intervenir y, además, asegura poseer un informe del Ministerio de Defensa que lo confirma. En otras palabras, por la nota de la reunión sabemos que Juliani intervino personalmente, no delegó, y por el periodista de El País, que existe constancia de que fueron dos jueces los que hicieron dejación de funciones.

Juliani, tras la negativa de los jueces civiles tanteó a los jueces militares, y fue el juez togado n.º 32 de Zaragoza quien consintió y se prestó a emitir esas licencias de enterramiento, aún a sabiendas de que no era competencia de la justicia militar, de que estaba entrometiéndose.

Como se trataba de muertes violentas, de muertes judiciales, se requeriría de autopsias para emitir las licencias, pero al no disponer de ellas pensaron en sustituirlas por unos certificados médicos de defunción y unos informes de necropsia que podrían elaborar los médicos venidos de Turquía.

SANTIAGO COCA, LOS CERTIFICADOS MÉDICOS E INFORMES DE NECROPSIA

Para solicitarles esos documentos eligieron al teniente coronel médico Santiago Coca Menchero, que era vecino del general médico Vicente Navarro y jefe directo de los dos patólogos en el Servicio de Anatomía Patológica del Hospital Militar Gómez Ulla donde estaban destinados.

Santiago Coca les pidió los certificados e informes “para el juez militar” y, aunque tuvieran alguna duda, no podrían negarse, estaban atados de pies y manos. Como los documentos solicitados iban destinados a un juez militar, fue por lo que los firmaron en su condición de médicos militares, general de División médico y oficiales médicos. Los patólogos recuperaron los apuntes que habían tomado en Trabzon, pero que después se había quedado Navarro, para elaborar los informes. La leyenda que encabezaba cada uno de los informes dejaba claro que ellos no habían realizado las identificaciones: “Se realiza necropsia de cadáver de varón, que se nos presenta identificado con el número (X) y como (nombre y apellidos)”.

Certificados médicos de defunción de la OMC. Izda. modelo anterior; Dcha. modelo actual. En ambos, su validez viene determinada por el n.º de colegiado del médico que la firma. Vicente Navarro firmó unos certificados en su condición de médico militar, o sea, como general de División médico, porque se los habían solicitado para el juez militar.

¿QUIÉN DEJÓ SALIR LOS CADÁVERES?

De la misma manera que el cónsul Ezquerra se hizo el remolón hasta que las víctimas estuvieran enterradas, antes soltar los certificados de defunción del Registro Civil Consular, parece que el juez militar, al que se le remitieron certificados e informes, también estuvo perezoso a la hora de emitir las licencias de enterramiento o incineración.

Los 62 féretros estaban en una instalación militar y militarmente custodiados. ¿Quién dio la orden de salida de los furgones funerarios?; lo pregunto porque quien fuera, fue el responsable último de que se les entregaran los cuerpos confundidos a muchas familias.

¿FUE EL GERENTE DE LA EMSFMSA?

Por cada uno de los féretros había un agente de las funerarias encargado de recopilar la documentación necesaria para trasladar y tramitar el enterramiento o incineración de la víctima adjudicada, pero al final los cadáveres salieron de la base aérea sin documentación alguna, ni la legal, ni la alternativa que tenían prevista Bretón y Juliani.

Quien les dijo que se fueran, que podían salir con un simple listado de los fallecidos en el accidente, entre los que figuraba el nombre de la víctima que trasladaban, y la promesa de que les sería remitida en breve plazo la documentación completa a los administradores de los cementerios, debía tener la suficiente autoridad sobre ellos como para que fueran saliendo de la base aérea sin rechistar y sin reclamar los papeles habituales: autorización sanitaria de traslado del cadáver, licencia de enterramiento o incineración, acta de tanatopraxia realizada, y en el caso de que el cadáver no hubiera sido inscrito, una carta-orden del juez para la inscripción en el Registro Civil.

Quien tenía crédito e influencia sobre esos agentes era el gerente de la EMSFMSA, el mismo que antes había solicitado al cónsul en Estambul el listado de las víctimas para repartirlos “a modo de licencias de enterramiento” entre los Ayuntamientos.

Al llegar a los cementerios donde iban a ser enterrados, los agentes transmitirían a los responsables el recado: “ya se os remitirá la documentación”

GRANDE MARLASKA SE RAJÓ

El juez Grande Marlaska no fue capaz de hacer testificar ni a uno solo de los personajes a los que me he referido en esta entrada; no ya a los turcos, fueran fiscales, forenses, biólogos,…, es que ni siquiera se dignó llamar a los españoles que tenía al lado; no llamó ni a Juliani, ni a Bretón, ni a Coca, ni al gerente de la EMSFMSA, ni a los jueces civiles de Torrejón, ni al togado nº 32, ni al cónsul, ni al embajador en Ankara,…, es que el tío no llamó a ninguno.

¿Sería capaz un juez que estaba en la Audiencia Nacional casi de prestado, de interino, de llamar a declarar a uno solo de esos jueces?, ¿sería capaz de “aplicarle el tercer grado” a un Juliani ya encumbrado por Bono a la magistratura del Tribunal Supremo?, pues claro que no, se acojonó y es humano.

MEJOR NO PREGUNTAR, MEJOR QUE NO SEPAN QUE SABES

El juez Grande Marlaska debió pensar que en una instrucción, mejor “no preguntar sobre lo que no se tiene interés en escuchar, ni conocer”, mejor “no darse por enterado”, porque de hacerlo te pudiera generar incomodidades y problemas. Así, por ejemplo, en un atraco con violencia mejor no llamar a declarar a los sospechosos, y de hacerlo, se les pregunta si son más de ketchup o mostaza para las hamburguesas.

TORCIÓ LA INSTRUCCIÓN

Grande Marlaska torció la instrucción para que los culpables se fueran intactos y poder procesar a tres médicos militares inocentes, que después fueron condenados por un tribunal presidido el juez Gómez Bermúdez. La sentencia fue ratificada por la Sala de lo Penal del Supremo, por unanimidad. “Res iudicata”.

De cómo pudo ocurrir eso lo dejamos para otra entrada, y como dijo la otra, “después de todo, mañana será otro día”.

Bretón solicitó al cónsul en Estambul la corrección de los errores encontrados en los certificados del Registro Civil Consular

Certificados de defunción del R. C. Consular con correcciones al margen. A la derecha, el único fechado el 29 de mayo, el del Teniente Coronel Solar, y a la izqda. otro fechado el día 30. Los dos certificados presentan anotaciones al margen.

EL COLMILLO DEL NEANDERTAL

1 comentario en “26ª YAK-42: CULPABLES”

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