DENUNCIA DE ACODAP EN EL CGPJ
Recientemente, el 30 de noviembre de 2021, hemos podido leer en nuevodiario.es que Juan Manuel Molina Valdés colaborador de la Asociación Contra la Corrupción y en Defensa de la Acción Pública (ACODAP) presentó el 10 de junio de 2020 un “Formulario de Atención Ciudadana” ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) denunciando la actuación del entonces titular del Juzgado Militar Territorial número 32 de Zaragoza, ahora jubilado y del que se desconoce su identidad, en relación con la recepción de los cadáveres del accidente aéreo del YAK 42, acaecido en Turquía el 26 de mayo de 2003. La denunciase basaba en una noticia publicada por El País el 27 de marzo de 2009.
INTERVIENE LA INSPECCIÓN DEL CGPJ
La denuncia llegó a la jefa del Servicio de Inspección judicial del CGPJ, Amparo Camazón Linacero, que emitió un informe de fecha 21 de junio de 2020 en el que dice: “es necesario poner de manifiesto que la hipotética trascendencia de los hechos denunciados se circunscribe básicamente al ámbito de un presunto ilícito penal cometido por el Juez Togado Militar Territorial número 32 , y por el entonces Ministro de Defensa, D. Federico Trillo,al no ser juez competente y haber emitido informe o acta falsa (licencias de enterramiento o incineración) en el transcurso de la recepción de las víctimas del accidente del Yak 42”.
LA NOTICIA DE “EL PAÍS”
Continúa la magistrada: “no obstante, los hechos denunciados provienen de la información contenida en una noticia publicada el 27 de marzo de 2009 en el diario El País, y los mismos no fueron objeto de análisis por la sentencia número 40/2009 de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de manera que, a día de hoy, su veracidad está sin contrastar”.
RESUMIENDO
Resumiendo, la magistrada Amparo Camazón Linacero se hizo cargo de la denuncia contra el ex ministro de Defensa Federico Trillo y contra el que fuera entonces Juez Togado Militar n.º 32 por un delito de falsedad en documento público, refiriéndose a las licencias de enterramiento e incineración de las víctimas del accidente aéreo del Yak-42 elaboradas por un juez que no era el competente, junto con un delito de prevaricación y tráfico de influencias.
La magistrada se extraña en su informe de que no se hubiera hecho referencia a los hechos denunciados en la sentencia 40/2009 de la Sala de lo Penal de la A.N. que condenó a los tres médicos militares precisamente por un delito de falsedad en documento oficial, debido a lo cual, advierte de la necesidad de contrastar la veracidad de la noticia publicada por El País que constituyó la base de la denuncia de ACODAP.
SIN SANCIÓN
Cuando el denunciado es un juez corresponde al CGPJ investigar el caso, y a su comisión Disciplinaria imponer las sanciones que correspondan, pero existen unos tiempos para resolver el expediente disciplinario de manera que si esos plazos legales se sobrepasan “adiós sanción”.
En este caso la denuncia, según revela nuevodiario.es, se puso el 10 de junio de 2020, la magistrada se hizo cargo once días después, y si el plazo de resolución es de seis meses, éste cumplió a finales del 2020, o sea: “adiós sanción”. ¿Acaso era complicada la instrucción o es que pesó lo gremial en la tardanza?
AUXILIANDO A LA MAGISTRADA
Me haré el ignorante en lo de los plazos y voy a echarle un cable en la investigación del asunto a la juez:
A ver, magistrada, para empezar, no se debiera extrañar por la ausencia de mención de los hechos denunciados en un sumario de la A.N. que fue instruido por el juez Grande Marlaska (actual ministro del Interior), ni en una sentencia que fue redactada por el juez Gómez Bermúdez (el juez del 11-M); a mí al menos, nunca me sorprendería.
Si siguió la dirección que deja nuevodiario.es para llegar a la noticia publicada por El País, seguramente se encontró con esto:
https://elpais.com/diario/2009/03/27/espana/1238108401850215.html

No pasa nada, si no se hizo con la noticia del diario El País le voy a orientar para que lo consiga: entre usted en la página web del Instituto Médico Forense de Estambul (Adli Tip Kurumu); http://www.atk.gov.tr/basin-bultenleri1.html ; ahora, teclee la pestaña İSPANYOL ASKERLERİNİN DVI DAVASI SONUÇLANDI. Aquí, el Instituto justifica su labor pericial en relación con el accidente del Yak-42 en Turquía. Baje y verá que se muestran nueve enlaces con fechas 24, 25, 26, 27, 31 de marzo, y 1, 13, 15, 16 de abril.

Esas fechas se corresponden con sesiones del juicio en la Audiencia Nacional contra los tres médicos militares y clicando en los enlaces observará que esconden recortes de periódicos españoles que hacían referencia al juicio que se estaba llevando a cabo en la Audiencia Nacional.
¿Que de dónde les llegaban esos recortes? Magistrada, pinche ahora el enlace del 15 de abril (nisan), o directamente en: https://www.atk.gov.tr/nisan15.pdf y accederá a los recortes de prensa de ese día, entre los que se encuentra un artículo del Diario de Andalucía con el encabezamiento del fax. ¿Qué pone en él?, exacto, pone en castellano: Delegación de Defensa. Gabinete de prensa. MI.
DEFENSA ASESORANDO A LOS TURCOS
Significa, ni más ni menos, que desde nuestro ministerio de Defensa se enviaba al Instituto Forense de Estambul, o sea, a los forenses que se encargaron de las identificaciones y de los cotejos de ADN, los recortes de prensa y algo más…
Seguro que se les enviaba algo más, alguna recomendación, porque si no, esos mismos recortes se los podrían haber enviado desde la embajada de Turquía en Madrid, traducidos y sin implicar al gobierno español.
Resultado de ese asesoramiento fue que testigos turcos convocados por el tribunal no comparecieron, y que testigos previamente rechazados por el tribunal se presentaron como testigos de cargo sorpresa, y lo peor, que fueron aceptados como tales por el tribunal.

Los forenses de Trabzon y la bióloga Fatima Mukkades declinaron su presencia, y los forenses del ATK de Estambul, Bülent Sam y Ömer Müslümanoglu, se presentaron sin ser convocados, “por la cara”; unos y otros con el apoyo del gobierno turco y el visto bueno del juez Gómez Bermúdez.

Magistrada, ahora clique en la fecha 27 de marzo (mart) y busque los recortes de El País. Aquí está la noticia buscada y le he señalado en ella los 10 puntos que personalmente considero más reseñables:

PUNTO 1. DATOS DE DIFUSIÓN DEL PERIÓDICO

En la esquina superior se muestran unos datos que confirman su procedenciade algún organismo oficial en España. Son los datos OJD (Oficina de Justificación de Difusión) y EGM (Estudio General de Medios) sobre la difusión, la tirada y el número aproximado de lectores de cada uno de esos periódicos (el nº que acompaña a las siglas OJD y EGM).
Con la lectura de esas noticias, y analizando la relevancia dada al juicio en cada uno de esos periódicos, los turcos se podían hacer una idea del grado de penetración del tema en la sociedad española. Los forenses turcos estaban al día de la evolución del juicio en España, tenían información puntual y detallada de todo lo publicado, de “lo que se cocía” por aquí.
PUNTO 2. EL PERIODISTA
El autor de la noticia fue el periodista Miguel González, con puerta siempre abierta al despacho del ministro de Defensa socialista José Bono, y siempre a él pegado.

PUNTO 3. EL CÓNSUL
El periodista explica como el cónsul de España en Estambul, Raimundo Ezquerra,no realizó ninguna de las gestiones a las que estaba obligado, limitándose a extender una nota manuscrita que el comandante jurídico desplazado a Trabzon remitió por fax a Defensa. La cosa fue así:
LA FISCALÍA TURCA ENTREGÓ LOS CUERPOS SIN IDENTIFICAR
El fiscal turco Burhan Çobanoğlu hizo entrega de los cadáveres sin completar su identificación; entregó 32 cadáveres identificados por métodos secundarios poco fiables y 30 sin identificar, y los generales españoles Beltrán y Navarro firmaron unas “Actas de entrega” y unas “Actas de autopsias” con fiscales y forenses turcos.

Las víctimas salieron de Turquía sin los obligados salvoconductos mortuorios, saltándose el Acuerdo de Estrasburgo de traslado internacional de cadáveres y restos mortuorios que tenían firmado tanto España como Turquía.
EL CÓNSUL ESPAÑOL NO CUMPLIÓ SUS OBLIGACIONES
El cónsul de España en Estambul, Raimundo Ezquerra, asesorado por el comandante auditor Alberto Ruiz de los Paños, desplazado a Turquía para facilitar las labores de repatriación de los cadáveres, no pudo inscribir las muertes en el Registro Civil Consular, ni comunicó a la Dirección de Asuntos Consulares la salida de las víctimas de Turquía para que ésta, a su vez, comunicara a las autoridades sanitarias españolas su entrada en España y se diera el visto bueno para la repatriación. En este caso sólo se comunicó a Defensa.

LA FISCALÍA TURCA FACILITÓ LA SALIDA DE TURQUÍA
La fiscalía turca se encargó de facilitar la salida de las víctimas, evitando los controles de la aduana y sanidad exterior de aquel país. Los cadáveres fueron transportados a la base aérea de Torrejón de Ardoz en tres aviones Hércules del Ejército del Aire.
PUNTO 4. EL JURÍDICO MILITAR Y LA FALTA DE DOCUMENTACIÓN
Miguel González explica que el comandante auditor, Alberto Ruiz de los Paños, desplazado a Turquía para asesorar en las trámites legales de repatriación de las víctimas, volvió a España en el primero de los tres aviones Hércules.
El jurídico militar declaró en el juicio que en Turquía “no tuvo que hacer nada” ya que las tareas de repatriación fueron asumidas por el cónsul, pero que sí le asesoró para que en el documento hiciera constar que faltaban los nombres de pila de los padres de algunos de los fallecidos, aunque finalmente en la nota se generaliza como una “ausencia de datos y documentos”.
El jurídicole indicó al cónsul que los trámites de repatriación de los cadáveres debían ser los habituales, independientemente de la condición militar de los fallecidos, en concreto, que la repatriación de cadáveres de militares en un siniestro aéreo conlleva los mismos trámites que la de un turista muerto en accidente de tráfico. En el juicio, a las preguntas del fiscal Fernando Burgos el cónsul contesta:
- Físcal: ¿Le dijeron que no se preocupara porque ya lo arreglaría el Ministerio de Defensa?
- Cónsul: No sé si me lo dijeron, pero es obvio que eso es lo que iba a pasar.
- Físcal: ¿Y no es cierto que usted sabía que lo que iba a hacer no era legal y por eso emite ese certificado, para cubrirse por si hay problemas en el futuro?
- Cónsul: Lo hice porque me lo pidieron, por si lo necesitaban para el traslado.
TRÁMITES EN ESPAÑA
A. CADÁVERES CON DOCUMENTACIÓN
Una vez que un cadáver llega a España, si toda su documentación está en regla y la Consejería de Sanidad de la Comunidad del punto de llegada avisada, sanidad exterior despacha la entrada, el fallecido puede ser inscrito en el Registro Civil, y el encargado de ese mismo Registro emite la licencia de enterramiento.
Con los documentos del registro y la autorización de traslado si va a ser enterrado o incinerado en otra comunidad, el difunto es llevado a la localidad deseada donde se le entierra o incinera, previo apunte en el registro del cementerio o crematorio.

B. CADÁVERES SIN DOCUMENTACIÓN
Si como en el caso del Yak-42, o no hay documentación, o está incompleta, o con alguna irregularidad, se da conocimiento al Juzgado de Instrucción del que dependa el Registro Civil del punto de entrada, el cual está obligado a poner en regla esa documentación. Si el problema se refiriese a la identidad del fallecido, ese juez recurriría a su forense, al de su juzgado, para que le informara, y en caso de requerirse le recomendaría el envío a una morgue para su estudio. Hasta que no se regularizase la documentación y se realizara la identificación no sería inhumado.
Al final, los cadáveres del accidente aéreo llegaron sin documentación y fueron enterrados o incinerados sin documentación. En España no se realizó ninguna diligencia.
PUNTO 5. INFORME DE DEFENSA EN PODER DE “EL PAÍS”
Miguel González asegura que El País posee el informe de Defensa en el que se hace referencia a las gestiones llevadas a cabo por ese ministerio tras la llegada de los cuerpos a Torrejón. Es decir, la noticia que publica no es “de oídas”, está documentada.
PUNTO 6. EL GENERAL BELTRÁN PIDIÓ UN JUEZ
El general de división del Aire, José Antonio Beltrán, encargado por el ministro Federico Trillo de coordinar las labores de repatriación de las víctimas, solicitó desde Turquía que acudiera un juez a la base aérea de Torrejón para la recepción de los cadáveres, pero ningún juez acudió.

En la denuncia que realizó la Asociación de Familias Afectadas por la Catástrofe del Accidente Aéreo Yak-42 (AFATY) ante el Juzgado Central de Instrucción de la Audiencia Nacional el cinco de marzo de 2.004, se expone entre los hechos denunciados que: «llama soberanamente la atención que a la llegada de los cuerpos a España, NO HUBIERA ninguna presencia, ni intervención de las Autoridades Judiciales Españolas, para seguir con los procedimientos oportunos».
A pesar de que no se presentó ningún juez en Torrejón, el general Beltrán dio novedades al ministro Trillo: «sin novedad, Ministro«, pero le haría llegar su obligado Informe de fin de misión.
¿A quién solicitó el general Beltrán la presencia del juez en Torrejón? A buen seguro ese “alguien” constará en el informe de Defensa que tiene El País, pero es de sospechar que la petición de un juez se hiciera a los órganos del ministerio que hacían el seguimiento de la repatriación, la Asesoría Jurídica del Ministerio y la Dirección del Gabinete Técnico del ministro.
PUNTO 7. DEJACIÓN DE FUNCIONES DE UN JUEZ DE TORREJÓN
LOS JURÍDICOS FUERON INFORMADOS
A su llegada a España, el comandante auditor Alberto Ruiz de los Paños Brusí, que sabía que existían víctimas sin identificar, se lo comunicó a su superior jerárquico el general auditor Javier Juliani Hernán, primeramente a través de otro mando intermedio, el coronel auditor Ignacio de la Rivas Aramburu y después personalmente. Los tres jurídicos estaban destinados en la Asesoría Jurídica de Defensa de la que era jefe el general Juliani.
DEJACIÓN DE FUNCIONES DEL JUEZ DE TORREJÓN DE ARDOZ
Miguel González cuenta en su artículo que, atendiendo a la petición del general Beltrán, la Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa se puso en contacto con el juez de guardia de Torrejón de Ardoz que se negó a hacerse cargo del asunto.
La obligación de ese juez ante esa solicitud era la de acudir al aeropuerto y, tras comprobar las irregularidades existentes, haber ordenado la retención de los cadáveres en una morgue hasta aclarar la situación y regularizar los documentos. Esa actitud del juez de Torrejón de Ardoz, de ser cierta, que lo parece, tiene un nombre para el caso de los funcionarios: dejación de funciones.
La solicitud al juez de Torrejón la hizo la Asesoría Jurídica de Defensa del general Juliani Hernán, no el ministro Trillo, al menos no él directamente. La gestión la hizo la Asesoría probablemente a petición verbal del ministro, porque si hubiera alguna orden escrita el ministro socialista entrante no hubiera perdonado, la hubiera aprovechado para triturar a su rival político saliente.
LOS JURÍDICOS DE LA ASESORÍA
¿Y qué fue de los responsables de la Asesoría Jurídica?, ¿cuál fue su evolución profesional?
El general Auditor Javier Juliani Hernán fue ascendido a general Consejero Togado del Cuerpo Jurídico Militar por Trillo un mes después del accidente aéreo, y le fue concedida la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, en diciembre del mismo año y por el mismo ministro.
Tras la llegada al Gobierno de los socialistas, José Bono, incomprensiblemente, le mantuvo como responsable de la Asesoría Jurídica de Defensa. En febrero de 2005 fue nombrado magistrado de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo al ser propuesto como favorito de una terna por el ministro José Bono (14 votos del CGPJ a favor y 6 en blanco). Querencia debía tener por él el ministro Bono para, según publicó el ABC, saltarse un pacto tácito por el que Defensa debiera haber presentado como candidato para ese puesto a otra persona, el presidente del Tribunal Militar Central, que era además número uno de su promoción y el magistrado con más experiencia procesal militar. En Sala V del Tribunal Supremo se mantuvo como magistrado 15 años.
El coronel auditor Ignacio de las Rivas Aramburu fue ascendido a general Auditor un mes después del accidente aéreo por el ministro Trillo.
Con los socialistas tampoco le fue mal, fue nombrado Magistrado de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en vacante correspondiente al turno de Juristas de reconocido prestigio.

PUNTO 8. UN SEGUNDO JUEZ HACE DEJACIÓN DE FUNCIONES
Miguel González dice que tras la negativa del juez la Asesoría Jurídica lo intentó con el juez entrante de guardia, pero éste también se negó a hacerse cargo de la recepción de los cuerpos, se desentendió de sus obligaciones.
PUNTO 9. DEFENSA BUSCA UN JUEZ MILITAR
Miguel González relata que tras esa doble negativa “ Trillo echó mano de la justicia militar”, pero como he dicho cuesta creer que Trillo se implicara personalmente en buscar una solución a la entrada de los cadáveres en España; probablemente fuera la Asesoría Jurídica la que contactase con el juez Togado Militar n.º 32 de Zaragoza, José María Llorente Sagaseta de Ilurdoz, que se encontraba en Barcelona.
No existía ningún procedimiento abierto en ningún juzgado militar, con lo que la intervención de un juez militar estaba fuera de lugar, no tenía ninguna competencia en el asunto; sólo existía un sumario abierto en Turquía para investigar el accidente.
La intromisión del juez togado la corroboró el ministro de Defensa, José Bono, en su comparecencia ante la comisión de Defensa del Senado: «El juez de Torrejón se negó a dar las órdenes de inhumación y hubo que buscar a un juez togado para que pudiera dar la orden de enterramiento, en algunos casos con posterioridad al mismo».
PUNTO 10. LAS LICENCIAS DE ENTERRAMIENTO E INCINERACIÓN
Miguel González sigue contando: «Fue el titular del Juzgado Togado Militar Territorial número 32 quien, desde Barcelona, y sin más apoyo que los falsos certificados de defunción de Navarro, dictó las licencias de enterramiento o incineración. Y evitó el escándalo».
Aquí se columpió el periodista, pues ni los certificados médicos eran falsos, ni el juez togado se apoyó en ellos. Puede ser que llegara a elaborar las licencias, puede ser…, pero lo cierto es que no se usaron para la inhumación de las víctimas.
DOCUMENTOS IMPRESCINDIBLES
Para enterrar o incinerar un cuerpo son imprescindibles dos documentos: uno, el certificado de defunción del Registro Civil, y dos,lalicencia de enterramiento o incineración, pero como no los podían conseguir del que legalmente los debiera expedir, el juez de Torrejón, decidieron hacerse con una documentación “alternativa”, y para ello le solicitarían al cónsul en Estambul los certificados del registro civil consular, y al juez togado militar las licencias de enterramiento.
Se repartieron las labores, de manera que los contactos con el consulado de Estambul los gestionaría el director del gabinete técnico del ministro, el general de división Manuel R. Bretón Romero y el gerente de la (EMSFMSA) Empresa Mixta de Servicios Funerarios de Madrid, mientras que la Asesoría de Defensa se encargaría de obtener las licencias de inhumación del juez militar togado.

LICENCIAS DE ENTERRAMIENTO O INCINERACIÓN
Para hacer las licencias se le pidió al general médico Navarro que emitiera los certificados médicos de defunción (CMD) para enviárselos al juez militar togado, pero al ser una muerte violenta esos certificados habría que acompañarlos de informes de autopsia para hacerlos más convincentes. Al no disponer el Ejército de médicos forenses se los pedirían a los patólogos llegados de Turquía, pero tendrían que ser autopsias clínicas, las que pide un médico a un patólogo, no autopsias judiciales, las que pide un juez a un forense.
El teniente coronel médico Santiago Coca Menchero, jefe entonces del Servicio de Anatomía Patológica del Hospital Militar Central de la Defensa «Gómez Ulla», donde estaban destinados los dos patólogos, y vecino y “amigo” del general Navarro, fue quien les pidió los CMD y los informes de necropsia, “para el juez militar, por si los necesita para algo”.
Eran para el juez militar y no podían negarse, es más, los tres médicos firmaron certificados e informes militares en su condición de militares, o sea, como general de división médico, comandante y capitán médicos; no firmaron en su condición de médicos colegiados, o sea,como médico Dr. (xx) colegiado n.º (XX). Les habían metido, los jurídicos de la Asesoría y Santiago Coca, en una trampa sin salida.

CERTIFICADOS DE DEFUNCIÓN DEL REGISTRO CIVIL
La ley dice que “no se puede enterrar un cadáver sin licencia y ésta no se puede obtener sin inscripción previa en el Registro Civil”, pues bien, las víctimas de este accidente, ni una cosa ni la siguiente; ni inscripción en el Registro Civil, ni licencia de enterramiento. ¿Qué pasó?
En un fax remitido por el gerente de la EMSFMSA al cónsul de España en Estambul se dice: “Según conversación telefónica, solicito notificación vía fax de la inscripción en ese Registro Civil de la defunción de los militares españoles fallecidos en accidente aéreo el 26/5/03 en Trabzon (Turquía), para remitírselo a modo de licencia de enterramiento a los distintos Ayuntamientos donde se han realizado las inhumaciones. Sería suficiente la certificación en un mismo documento en el que se relacionen todos los nombres de los fallecidos españoles”.
Fue contestado el mismo día desde el Consulado: “Don…, encargado de los asuntos administrativos del Consulado General de España en Estambul, CERTIFICA: Se ha procedido a la inscripción del fallecimiento en el Registro Civil de este Consulado General de las personas que a continuación se detallan; a continuación hace una relación de los 62 fallecidos”, y termina diciendo: “Y para que así conste, firma el presente en Estambul a veintinueve de mayo de dos mil tres”.
Se miente en ese comunicado ya que las inscripciones las realizó el cónsul el día siguiente, el día 30 de mayo, excepción hecha de la del Teniente Coronel Solar, jefe del contingente, que estaba fechada el día 29 de mayo.

SALIERON SIN DOCUMENTACIÓN. ENTIERROS CLANDESTINOS
En esas faenas andaban los generales Juliani y Bretón, y el gerente de la EMSFMSA, cuando alguien, puede que alguno de ellos, dio suelta a los furgones funerarios, que salieron de la base aérea llevando los cadáveres a los cementerios de destino, sin autorización de traslado y sin que agentes funerarios, ni familiares, hubieran recibido ninguno de los documentos imprescindibles.
Los administradores de los cementerios tampoco les pusieron impedimentos, ni dieron aviso al juez de instrucción correspondiente.
EL MUNDO SE VUELVE ALGO PEOR
Hasta aquí los hechos, magistrada; contrástelos, si no lo ha hecho ya, y recuerde que, como se dice en la precuela de El Crack: “cuando un crimen queda impune, el mundo se vuelve algo peor”.

E-mail: ran.atletico100@hotmail.com


David contra Goliat, no iba solo.
https://youtu.be/M6sX6_ODklg
“cuando un crimen queda impune, el mundo se vuelve algo peor”
Volcar en la cuneta del silencio y el olvido de la Democracia este crimen es obra de quienes distorsionan nuestro Estado de Derecho, de quienes caducados se amotinan en el CGPJ cobrando como si fueran frescos, de quienes que se reparten las prebendas de unas medallas, ascensos y cargos que pertenecen a quienes desempeñan con honor su trabajo, son los mismos que alborotan a los ciudadanos que «España se rompe» después de que ellos la tienen despellejada.
Esta vergüenza nacional debería a la luz pública por dignidad Nacional. Son demasiados actores y cooperantes con prestigio de sicarios regalado como pago por cavar la cuneta para los 62 militares en medio de una infamia.